Consejo Académico
Oct 25 2013- Details
Información general
Encuentre aquí
• El Rector de la Universidad Popular del Cesar, quien lo presidirá.
• El Vicerrector Académico, quien lo presidirá en ausencia del Rector.
• El Vicerrector Administrativo.
• El Vicerrector de Investigación.
• Los decanos de Facultad.
• Un director de Postgrados elegido en votación secreta de entre ellos, para un período de 2 años.
• Un profesor de la Institución elegido en votación secreta por los profesores en ejercicio, quien deberá ser asociado o titular y no estar sancionado disciplinaria o penalmente.
• Dos estudiantes regulares de la Institución con matrícula vigente en las asignaturas del respectivo plan de estudios, elegidos mediante votación secreta por los estudiantes regulares, con matrícula vigente, quienes deberán haber cursado y aprobado por lo menos el 50% del respectivo programa académico, alcanzando en sus estudios un promedio general no inferior a 3.5 y no haber sido sancionados con cancelación de matrícula, expulsión o penalmente”.
El profesor y el estudiante elegidos al Consejo Académico tendrán un período de dos y un año, respectivamente, contados a partir de la fecha de su elección, mientras conserven tales calidades.
Como Secretario del Consejo Académico actuará el Secretario General de la Universidad Popular del Cesar.
Las reglas de conformación y las funciones de esta autoridad académica universitaria están expuestas claramente en el capítulo III del Acuerdo Nº 105 de 1993, por el cual se expide el Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar.